24 agosto 2014

SIGUE AVANZANDO EN SENADO DE CHILE EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA INSTITUCIONALIDAD VIGENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA

   Fue aprobado unánimemente en el Senado en Primer Trámite Constitucional el Proyecto de Ley que entre otros aspectos, crea la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia.

   La propuesta contenida en el referido proyecto implica la instauración de la citada Intendencia, que dependerá de la Superintendencia de Educación y fiscalizará el funcionamiento de salas cunas y jardines infantiles. Por otra parte, supone pasar del Ministerio de Educación y la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji) como entes encargados del sector de la educación parvularia a una centralización de esa actividad en la subsecretaría que se pretende implantar.

   Actualmente el proyecto tiene urgencia simple y está a la espera del próximo vencimiento de indicaciones al mismo (25 de agosto de 2014).

   PROYECTO DE LEY (MENSAJE)

   INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DEL SENADO

   COMPARADO

   Fuente: Senado de la República de Chile.

15 agosto 2014

CORTE DE SAN MIGUEL (CHILE) RECHAZÓ RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO POR SUSPENSIÓN DE MATRÍCULA POR PAGOS DE COLEGIATURAS PENDIENTES, HABIÉNDOSE INVOCADO POR RECURRENTES ARTÍCULO 19 NUMERAL 2 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

   Ante mensualidades impagas correspondientes a un grupo de alumnos, un colegio particular decidió suspenderles la matrícula, lo que motivó que los respectivos apoderados recurrieran de Protección en contra de esa decisión del colegio.

   Se invocó como infringido el art. 19 N°2 de la Carta Fundamental, argumentación finalmente rechazada por el sentenciador, quien si bien estimó configurada la alegación, no halló ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar del colegio por las argumentaciones vertidas en el fallo, “…no existiendo antecedente alguno en el proceso, que permita tener por configurada una conducta de represalias o castigo por pertenecer a un centro de padres, como se insinúa en el  recurso.”.

   TEXTO ÍNTEGRO FALLO DE LA CORTE DE SAN MIGUEL

   Fuente: Poder Judicial de Chile.