El
Senado remitió al Tribunal Constitucional el proyecto de ley que amplía el plazo que se concedió a
los sostenedores de establecimientos educacionales para ajustarse a las
exigencias prescritas en el literal a) del artículo 46 del decreto con fuerza
de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, contenido en el Boletín Nº
8191-04.
El proyecto de ley, iniciado por
moción, de los senadores Chahuán, García, Lagos,
Tuma y Walker, propone prorrogar
en 24 meses, contados desde la entrada en vigencia de la nueva normativa, el
plazo de dos años para adecuarse a las exigencias establecidas en el artículo
46 letra a), el cual señala “que para tener el reconocimiento oficial de un
establecimiento de educación parvularia, básica y media, es menester tener un
sostenedor, el que podrá ser una persona jurídica de derecho público, tales
como municipalidades y otras entidades creadas por ley y las personas jurídicas
de derecho privado cuyo objeto social único sea la educación”.
A su
turno, en el periodo intermedio, esto es, “entre el vencimiento del plazo” y
los 24 meses de prórroga, “se mantendrá la facultad de transferir y transmitir
la calidad de sostenedor en los mismos términos que establece el mencionado DFL
N°1.
Cabe destacar que en el proyecto
original, se pretendía fijar en 18 meses la aludida prorroga, pero tras
divergencias entre ambas Cámaras del Congreso Nacional se formó una Comisión
Mixta, aprobándose el informe en que propuso aumentar el plazo.
Corresponderá al Pleno del Tribunal Constitucional pronunciarse respecto de la constitucionalidad de la iniciativa de ley, la que
contiene materias propias de ley orgánica constitucional.
Ver texto íntegro del Proyecto de Ley en http://bit.ly/MPb7bt
Fuente: Diario Constitucional de Chile
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