La moción de los diputados Accorsi, Browne, De Urresti, Monckeberg,
Nogueira, Peréz, Rincón, Sabat, Ward y Zalaquet, expone que “diversas
declaraciones de las Naciones Unidas, que culminaron en el Programa de Acción
Mundial para Personas con Discapacidad y en las Normas Uniformes sobre la
Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, buscan promover y
garantizar por parte de los Estados la educación de las personas con
discapacidad en un plano de igualdad y plenamente integrados en establecimientos
educaciones ordinarios”.
Observa luego que, sin perjuicio de lo señalado, en nuestro país aun
“priman los modelos segregadores, que disponen de establecimientos
educacionales especiales para alumnos con discapacidades físicas o
psicológicas”.
Con el objeto de “promover la implementación de políticas públicas que
respalden la eliminación tanto de las disposiciones discriminatorias como de
las barreras históricas que limitan la participación de las personas en
situación de discapacidad”, proponen introducir diversas modificaciones en la
ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación, de manera tal que se
incorpore en su artículo 3° letra j – el cual consagra el principio de
Integración – que el sistema educativo también “velara por la inclusión de
alumnos con necesidades educativas especiales."
Por último, introducir un nuevo inciso al artículo 4°, el cual disponga que
“es deber del Estado garantizar la libre elección del establecimiento
educacional por parte de alumnos con necesidades educativas especiales, o de
sus padres”. Entendiendo por tales alumnos, “aquellos que durante toda su etapa
escolar o en un periodo concreto de ella, requieren apoyo o atención específica
en razón de trastornos físicos, psíquicos o sensoriales."
Fuente: Diario Constitucional de Chile
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